miércoles, 19 de mayo de 2010

Estudio sobre la Contaminación del Medioambiente

Esta tabla nos muestra los datos de los niveles de contaminación durante el mes de abril y mayo en Córdoba en Lepanto en microgramos/metro cúbico (µg/m3 ):

A LAS 12:00

SO2

NO2

CO

O3

Partículas en suspensión

12/04/2010

11

20

358

65

42

15/04/2010

11

17

358

61

12

19/04/2010

5

20

466

93

5

22/01/2010

6

11

228

72

1

26/04/2010

7

15

202

73

3

29/04/2010

10

47

402

14

12

03/05/2010

10

8

118

73

25

06/05/2010

12

20

75

101

13

10/05/2010

4

11

347

58

1

13/05/2010

4

10

352

80

1


SO2: (dióxido de azufre)

NO2: (dióxido de nitrógeno)

CO: (monóxido de carbono)

O3: (ozono)

Partículas en suspensión: las partículas que se encuentran en el aire

2-Estudio de los niveles de contaminación

Esta tabla muestra las medias de los datos anteriores por semana, en microgramos/metro cúbico (µg/m3 ):

SO2

NO2

CO

O3

Partículas en suspensión

Primera semana

11

18.5

322

63

27

Segunda semana

5.5

15.5

347

82.5

3

Tercera semana

8.5

31

302

43.5

7.5

Cuarta semana

11

14

96.5

87

19

Quinta semana

4

10.5

349.5

69

1

Podemos observar que los datos varían muchos unos de otros pues han cambiado mucho hasta algunos han doblado su cantidad y otros la han reducido incluso a más de la mitad, con esto observamos que no siempre hay la misma contaminación y podemos llagar a reducirla mucho.

3-Gráfico con los niveles de contaminación anotados

4-Impactos medioambientales de la zona y sus efectos en la salud

Impacto medioambiental: efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente en sus distintos aspectos. El concepto puede extenderse, con poca utilidad, a los efectos de un fenómeno natural catastrófico. Técnicamente, es la alteración de la línea de base, debido a la acción atípica o a eventos naturales.

Las acciones humanas, motivadas por la consecución de diversos fines, provocan efectos colaterales sobre el medio natural o social. Mientras los efectos perseguidos suelen ser positivos, al menos para quienes promueven la actuación, los efectos secundarios pueden ser positivos y, más a menudo, negativos.

Impactos medioambientales:

Contaminación atmosférica: Debida a las emisiones en la atmósfera terrestre de contaminantes, como los productos de procesos de combustión convencional en actividades de transporte, industriales, generación de energía eléctrica y calefacción doméstica, la evaporación de disolventes orgánicos y las emisiones de ozono y freones (gases líquidos refrigerantes).

Sus efectos sobre la salud: que los asmáticos se ahoguen más, que te lloren los ojos, aumento de patógenos.

El agujero de la capa de ozono: El denominado “agujero de ozono” es la zona de la atmósfera terrestre dónde se producen reducciones anormales de la capa de ozono. Según diversos científicos esta reducción se debe, al aumento de la concentración de cloro en la estratosfera, a causa de las emisiones de compuestos clorofluorcarbonados (CFC) por parte del hombre.

Sus efectos sobre la salud: cáncer de piel, defensas más débiles.

El efecto invernadero: Se denomina efecto invernadero a la absorción en la atmósfera de las radiaciones infrarrojas emitidas por el sol y reflejadas por la superficie terrestre, impidiendo que escapen al espacio exterior y aumentando, por tanto, la temperatura media del planeta. Este fenómeno evita que el calor del Sol recibido por la Tierra deje la atmósfera y vuelva al espacio, produciendo a escala planetaria un efecto similar al observado en un invernadero.

Sus efectos sobre la salud: que lleguen antes los alérgenos, aumento de algunas enfermedades infecciosas.

Contaminación acústica: Se debe al ruido provocado por las actividades industriales, sociales y del transporte.

Sus efectos sobre la salud: malestar, irritabilidad, insomnio, sordera, estrés.

Contaminación lumínica: Se refiere al brillo o resplandor de luz en el cielo nocturno, producido por la reflexión y la difusión de la luz artificial en los gases y en las partículas del aire por el uso de luminarias o excesos de iluminación.

Sus efectos sobre la salud: insomnio, pérdida de visibilidad, cansancio, nerviosismo, atrofiada capacidad de visión nocturna.

Contaminación del medio hídrico: Se refiere a la presencia de contaminantes en el agua (ríos, mares y aguas subterráneas). Los contaminantes principales son los vertidos de desechos industriales (con presencia de metales y evacuación de aguas a elevada temperatura) y de aguas residuales (saneamiento de poblaciones).

Sus efectos sobre la salud: aumento de patógenos, aumento de ulceras estomacales.

La deforestación es un proceso provocado generalmente por la acción humana, en la que se destruye la superficie forestal. Está directamente causada por la acción del hombre sobre la naturaleza, principalmente debido a las talas realizadas por la industria maderera, así como para la obtención de suelo para la agricultura como para la construcción.

Sus efectos sobre la salud: infecciones respiratorias, que muchos alimentos que tomemos estén infectados.

Contaminación del suelo: Se refiere a la presencia de contaminantes en el suelo, principalmente debidos a actividades industriales (almacenes, vertidos ilegales), vertido de residuos sólidos urbanos, productos fitosanitarios empleados en agricultura (abonos y fertilizantes químicos) y purines de las actividades ganaderas.

Sus efectos sobre la salud: alimentos infectados y en malas condiciones, aumento de plagas.

5-Decisiones para paliar los efectos

1. Dejar de utilizar combustibles fósiles (carbón, petróleo), por ejemplo en los coches.

2. Utilizar energías renovables (agua, luz, viento…) por ejemplo fabricando un motor de combustión de agua.

3. Reducir los vertidos tóxicos al mar. Enviándolos al espacio en cohetes para enterrarlos en Marte o al sol para que se quemen y se desintegren.

4. En cuanto a la contaminación acústica, poniendo silenciadores en los coches.

5. En lugar de quemar las hojas que se encuentran en mal estado, cuyos gases desprenden son contaminantes, utilizarlos para las fábricas de biomasa.

6. Cortar la luz a altas horas de la noche tanto en las calles, como en sitios públicos a las que a esas horas no va nadie.

7. No construir en zonas que haya que talar árboles, sino en descampados en los que no hay nada y hacer edificios altos.

6-Bibliografía

- www.monografias.com

- es.wikipedia.org

- www.juntadeandalucia.es


miércoles, 3 de marzo de 2010

Derechos Humanos

1 Antecedentes Romanos

Derechos de los ciudadanos romanos
Los ciudadanos romanos se regían por el Derecho Civil Romano, los Edictos Pretorios y las leyes del Senado que afectaban a todo aquel que habitara en Roma.

No todos los ciudadanos romanos tenían los mismos derechos, los Patricios gozaban de todos los derechos civiles, políticos, militares y religiosos, mientras que los plebeyos sólo gozaban de los derechos civiles que se limitaban según sus servicios en las legiones o en las cohortes.

El ciudadano generalmente era libre aunque podría dejar de serlo y adquirir la condición de esclavo bajo determinadas circunstancias.

Debajo de la categoría de ciudadano romano estaba la de ciudadano latino y gozaban del derecho a ser libre pero moría como esclavo.

Los derechos que tenían los ciudadanos romanos son los siguientes:
· Lo primero es ser ciudadano romano por legitimación o haber nacido en justas nupcias (matrimonio romano), o haber nacido fuera del matrimonio pero siendo reconocido por el cabeza de familia, o por adopción.
· El ciudadano romano tiene derecho a ser el cabeza de familia incluyendo la patria potestad absoluta, abarcando el derecho a decidir entre la vida y la muerte de sus miembros. Aunque, como cabeza de familia, paga los delitos de los miembros de la familia.
· Con la emancipación el hijo puede pasar a ser el cabeza de familia siempre y cuando muera el anterior.
· Cuando la mujer obtiene autonomía lo debe hacer con un tutor ya que en Roma las mujeres eran incapaces.
· Los ciudadanos romanos pueden obtener otros derechos de contrato cuando se es un varón incapacitado o un hijo emancipado.
· Los ciudadanos romanos podían ejercer derechos reales (sobre las cosas), derechos reales de dominio (ropa y propiedad) y derechos posesorios (muebles y esclavos).
· Existen casos por los que un ciudadano romano puede adquirir la propiedad por vía legal, ilegal, siendo extranjero, o porque le corresponde.
· El dominio o la propiedad podía adquirirse mediante contratos por emancipación, cesión o entrega, o por muerte.

Los pobladores de zonas conquistadas por Roma se regían por el Derecho de Gentes y adquirían algunos Derechos Civiles. En las provincias plenamente romanizadas los nacidos de nobles, aunque no sean romanos, gozaban de todos los derechos incluso el derecho a ser emperador. Mientras que la población de las provincias no romanizadas eran exterminadas o esclavizadas.
Los esclavos no gozaban de derecho y se vendían y se compraban en el mercado. Se podía ser esclavo si al nacer la madre era esclava (sin embargo, si en el momento del parto la madre era libre y luego se convirtió en esclava el nacido era libre) o también tras una guerra por acto voluntario o por una Ley del Senado.

2 Contexto histórico en el que surge la DUDH

Los Derechos humanos: largo pasado y corta historia
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada en 1948 por la Asamblea General de la ONU, supuso un avance decisivo y sigue siendo la plataforma básica para avanzar en la universalización y profundización de los Derechos Humanos. En el preámbulo se reconoce la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, como condición básica para alcanzar la libertad, justicia y paz en el mundo. La Asamblea General proclama la Declaración como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación el respeto a estos derechos y libertades y aseguren mediante medidas progresivas de carácter nacional e internacional su reconocimiento y aplicación universal y efectiva.

Puede que ningún Estado, de los 186 presentes hoy en la ONU, se manifieste en contra de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, e incluso que todos expresamente declaren su compromiso con tales derechos; pero lo cierto es que en la mayoría de estos países la violación de los derechos se produce de forma sistemática. Es más, en Europa y Norteamérica desempleo, pobreza, marginación, racismo y violencia alcanzan niveles intolerables, como se constata cada día en los medios de comunicación y publicaciones especializadas al respecto.

La Declaración es el primer documento internacional y oficial que proclama los derechos para todos los hombres, mujeres y niños dejando al margen etnia, nacionalidad, cultura, religión y situación económica, nacida de la traumática experiencia de la Segunda Guerra Mundial, en la que los millones de muertos, los campos de concentración y las atrocidades cometidas en Europa y Asia fueron causa de que se tomara conciencia del drama y de que se decidiera que nunca más podría repetirse tal situación.

Sin embargo, la Guerra Fría y la confrontación entre Bloques relegaron a segundo plano los horrores de la guerra caliente. Se bloqueó el funcionamiento de la Comisión de los Derechos Humanos y las iniciativas para llevarlos a la práctica. Cuando el bloque occidental exigía democracia y derechos civiles y políticos, el bloque del este ponía sobre la mesa los derechos económicos y sociales, así como la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados, así que ninguna de las dos partes cumplía con lo que predicaba. Occidente amparó dictaduras y el Este ocultaba con su retórica la pobreza y represión de sus ciudadanos. En ambos bloques los intereses geopolíticos y económicos de las grandes potencias primaron sobre la defensa de los Derechos Humanos, de forma que las décadas de los 50 y 60 no fueron propicios para una efectiva puesta en práctica de estos.

En 1966, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos por un lado, y de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales por otro, supuso cierto avance, pero también tuvo limitaciones, ya que permitió interpretaciones interesadas, separando y jerarquizando estos derechos. Hoy día no es presentable defender la tortura, la represión o la censura, de forma que no se hace; sin embargo, resulta mucho más problemático comprometerse con la erradicación del desempleo y la pobreza y procurar vivienda, educación y salud para todos. En un mundo calificado de global, cuatro mil quinientos millones de seres humanos viven en países pobres, la inmensa mayoría en condiciones indignas, a lo que hay que añadir el hecho de que en los países desarrollados cada vez se abre más el abismo entre los que tienen, saben y pueden y los sectores marginados, cada vez más pobres y excluidos.

En las décadas de los setenta y ochenta los avances siguieron también a pasos muy lentos. Será en los noventa cuando los Derechos Humanos recuperen el primer plano. En 1993 se celebra en Viena la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos, y se constituye el primer Tribunal Internacional para juzgar los crímenes de guerra cometidos en lo que fuera anteriormente Yugoslavia y un año después los cometidos en Ruanda. En 1998, la Conferencia de Roma aprueba la creación del Tribunal Penal Internacional con competencia para juzgar los crímenes de guerra y delitos contra la humanidad, con el apoyo de ciento veinte países, entre los que no se cuentan Estados Unidos, China e India. El 1998 la demanda de extradición del ex dictador chileno A. Pinochet, acusado de genocidio y crímenes contra la humanidad, constituye otro paso decisivo.

En los cincuenta años transcurridos desde la Declaración de los Derechos Humanos, su concreción en la práctica ha estado condicionada primero por el enfrentamiento entre los Bloques Este-Oeste y luego por el proceso de descolonización y conflicto Norte-Sur. Las intervenciones desde Estados Unidos en el continente iberoamericano no se han hecho precisamente en pro de los Derechos Humanos. Las muertes, desapariciones, torturas en las dictaduras del cono sur siguen gravitando sobre nuestra memoria más reciente. Por otro lado, el Bloque del Este llevó a cabo intervenciones condenables en su área de influencia. Asimismo, los medios de comunicación muestran a diario las dramáticas violaciones de los Derechos Humanos que se cometen a diario en Asia y África, continentes marcados por guerras, matanzas étnicas, torturas y extrema pobreza.

Si bien es cierto que la situación actual es mejor que en el pasado, y que las violaciones de los Derechos Humanos son hoy menores tanto cualitativa como cuantitativamente, también lo es que en los espacios de más libertad y bienestar -países europeos y norteamericanos básicamente- siguen presentes niveles inadmisibles de violencia, desempleo y pobreza para determinados sectores de la población, e incluso guerras, genocidios y terrorismo.

En las sociedades más desarrolladas, la mayoría de los ciudadanos tienen garantizados los Derechos Humanos pero la conquista definitiva de éstos sigue pendiente en los países del tercer mundo para la mayoría de la población.

2.1 Gráfico sobre los fallecidos en la Segunda Guerra Mundial

El gráfico muestra el número de fallecidos en la Segunda Guerra Mundial.
En varios colores se muestran los datos:
Militares:
Civiles:
Campos de concentración:

El número de militares fallecidos fue de 25 millones aproximadamente, por otro lado el número de civiles fallecidos es superior, fallecieron unos 30 millones, aproximadamente y en los campos de concentración nazi unos 5 millones, aproximadamente. En total fallecieron unos 60 millones de personas aproximadamente.

2.2 Mapamundi con los países que incumplen la DUDH


CASI TODOS :
-América Latina:
1-Argentina
2-Bolivia
3-Brasil
4-Chile
5-Colombia
6-Costa Rica
7-Cuba
8-República
Dominicana
9-Ecuador
10-El Salvador
11-Guatemala
12 Guayanas
13-Haití
14-Honduras
15-Nicaragua
16-Panamá
17-Paraguay
18-Perú
19-Puerto Rico
20-Jamaica, 21-Las Bahamas, 22-Uruguay, 23-Venezuela

-Asia:
24-Afganistán
25-Armenia
26-Bangla Desh
27-Birmania
28-Brunei
29-Bután
30-Camboya
31-China
32-Corea del
Norte
33-Corea del Sur
34-Filipinas
35-India
36-Indonesia
37-Irán
38-Kazajstán,39-Kirguiz tan, 40-Laos,41-Maldivas, 42-Malasia, 43-Mongolia, 44-Nepal, 45-Pakistán, 46-Singapur, 47-Sri Lanka, 48-Tailandia, 49-Tadzikistán, 50-Timor Oriental, 51-Turkmenistán, 52-Uzbekistán, 53-Vietnam.

NO SE CUMPLEN
-África:
1-Angola
2- Argelia
3-Benín
4-Botswana
5-Burkina Faso
6-Burundi
7-Cabo Verde
8-Camerún
9-Chad
10-Comoras
11-Congo
12-Costa de
Marfil
13-Yibuti, 14-Egipto, 15-Eritrea, 16-Etiopía, 17-Gabón ,18-Gambia, 19-Ghana, 20-Guinea, 21-Guinea-Bissau,22-Guinea Ecuatorial, 23-Kenia, 24-Lesoto, 25-Liberia, 26-Libia, 27-Madagascar,28-Malawi, 29-Malí, 30-Marruecos, 31-Mauricio, 32-Mauritania, 33-Mozambique, 34-Namibia, 35-Níger, 36-Nigeria, 37-República Centroafricana, 38-República Democrática del Congo, 39-Ruanda, 40-Santo Tomé y Príncipe, 41-Senegal, 42-Seychelles, 43-Sierra Leona, 44-Somalia, 45-Sudáfrica, 46-Sudán, 47-Suazilandia, 48-Tanzania, 49-Togo, 50-Túnez, 51-Uganda, 52-Zambia, 53-Zimbabwe.
-Asia:
54-Arabia Saudita, 55- Yemen, 56-Omán, 57-Irak, 58-Qatar, 59-Israel, 60- Jordania, 61-Siria, 62- Líbano.

3 Traducciones al inglés y al francés

LA DÉCLARATION UNIVERSELLE DES DROITS DE L´HOMME

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


Le 10 décembre 1948, les Etats Membres qui constituaient alors l'Assemblée générale ont adopté la Déclaration Universelle des Droits de l'Homme à Paris au Palais de Chaillot. Pour commémorer son adoption, la "Journée des droits de l'homme" est célébrée chaque année le 10 décembre.

El 10 de diciembre de 1948, los estados miembros que constituyen la Asamblea General aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos en París en el Palacio de Chaillot .Para conmemorar su fundación el “Día de los Derechos Humanos” se celebra cada año el 10 de diciembre.

Article 1:
· Tous les êtres humains naissent libres et égaux en dignité et en droits. Ils sont doués de raison et de conscience et doivent agir les uns envers les autres dans un esprit de fraternité.
Artículo 1:
· Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos. Están dotados de razón y conciencia y deben actuar los unos hacia los otros con un espíritu de fraternidad.
Article 2:
· Chacun peut se prévaloir de tous les droits et de toutes les libertés proclamés dans la présente Déclaration, sans distinction aucune, notamment de race, de couleur, de sexe, de langue, de religion, d’opinion politique ou de toute autre opinion, d’origine nationale ou sociale, de fortune, de naissance ou de toute autre situation.
· De plus, il ne sera fait aucune distinction fondée sur le statut politique, juridique ou international du pays ou du territoire dont une personne est ressortissante, que ce pays ou territoire soit indépendant, sous tutelle, non autonome ou soumis à une limitation quelconque de souveraineté.
Artículo 2:
· Cada uno puede beneficiarse de todos los derechos y de todas las libertades proclamadas en la presente Declaración, sin distinción alguna de raza, de color, de sexo, de lengua, de religión, de opinión política, o de cualquier otra opinión, de origen nacional o social, de riqueza, de nacimiento o de cualquier otra situación.
· Además, no se hará ninguna distinción basada en la situación política, jurídica o internacional de los países o del territorio, cuya jurisdicción dependa una persona, bien el país o el territorio sea independiente, sobre tutela, no autónomo o esté sometido a una soberanía.
Article 3:
· Tout individu a droit à la vie, à la liberté et à la sûreté de sa personne.
Artículo 3:
· Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Article 4:
· Nul ne sera tenu en esclavage ni en servitude; l’esclavage et la traite des esclaves sont interdits sous toutes leurs formes.
Artículo 4:
· Nadie será sometido como esclavo ni como sirviente; la esclavitud y el trato de los esclavos están prohibidos en todas sus formas.
Article 5:
·Nul ne sera soumis à la torture, ni à des peines ou traitements cruels, inhumains ou dégradants.

Artículo 5:
· Nadie será torturado, ni castigado o tratado cruel, inhumano o degradantemente.
Article 6:
· Chacun a le droit à la reconnaissance en tous lieux de sa personnalité juridique.
Artículo 6:
· Cada uno tiene derecho al reconocimiento en todos los lugares de su personalidad jurídica.
Article 7:
· Tour sont égaux devant la loi et ont droit sans distinction à une égale protection de la loi. Tous ont droit à une protection égale contre toute discrimination qui violerait la présente Déclaration et contre toute provocation à une telle discrimination.
Artículo 7:
· Todos son iguales ante la ley y tienen derecho sin distinción a una igual protección contra la ley. Todos tienen derecho a una protección igual contra toda discriminación que violara la presente Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Article 8:
· Toute personne a droit à un recours effectif devant les juridictions nationales compétentes contre les actes violant les droits fondamentaux qui lui sont reconnus par la constitution ou par la loi.
Artículo 8:
· Toda persona tiene derecho a unos recursos efectivos ante los tribunales nacionales competentes contra los actos que violen los derechos fundamentales que le son reconocidos en la constitución o en la ley.
Article 9:
· Nul ne peut être arbitrairement arrête, détenu ou exilé.
Artículo 9:
· Nadie puede ser arbitrariamente arrestado, detenido o exiliado.
Article 10 :
· Toute personne a droit, en pleine égalité, à ce que se cause soit entendue équitablement et publiquement par un tribunal indépendant et impartial, qui décidera, soit de ses droits et obligations, soit du bien-fondé de toute accusation en matière pénale dirigée contre elle.
Artículo 10:
· Toda persona tiene derecho en igualdad a que su causa sea oída imparcialmente y públicamente en un tribunal independiente e imparcial, que decida sobre sus derechos y deberes, y sobre toda acusación en materia penal dirigida a ella.
Article 11:
· Toute personne accusée d'un acte délictueux est présumée innocente jusqu'à ce que sa culpabilité ait été légalement établie au cours d'un procès public où toutes les garanties nécessaires à sa défense lui auront été assurées.
· Nul ne sera condamné pour des actions ou omissions qui, au moment où elles ont été commises, ne constituaient pas un acte délictueux d'après le droit national ou international. De même, il ne sera infligé aucune peine plus forte que celle qui était applicable au moment où l'acte délictueux a été commis.
Artículo 11:
· Toda persona acusada de un acto delictivo es de presunta inocencia hasta que su culpabilidad haya sido demostrada legalmente a lo largo de un proceso público donde todas las garantías necesarias para su defensa le hayan sido aseguradas.
· Nadie será condenado por sus actos u omisiones que en el momento en el que han sido cometidos no constituyeran un acto delictivo según la ley nacional o internacional. Tampoco será infringida ninguna pena más fuerte que la que es aplicable en el momento cuando el acto delictivo ha sido cometido.
Article 12:
· Nul ne sera l'objet d'immixtions arbitraires dans sa vie privée, sa famille, son domicile ou sa correspondance, ni d'atteintes à son honneur et à sa réputation. Toute personne a droit à la protection de la loi contre de telles immixtions ou de telles atteintes.
Artículo 12:
· Nadie será objeto de intromisiones arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia que atente ni a su honor ni a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales intromisiones o atentados.
Article 13:
· Toute personne a le droit de circuler librement et de choisir sa résidence à l'intérieur d'un Etat.
· Toute personne a le droit de quitter tout pays, y compris le sien, et de revenir dans son pays.
Artículo 13:
· Toda persona tiene derecho a circular libremente y de elegir su residencia en el interior de un Estado.
· Toda persona tiene derecho a abandonar cualquier país incluido el suyo y de volver al mismo.
Article 14:
· Devant la persécution, toute personne a le droit de chercher asile et de bénéficier de l'asile en d'autres pays.
· Ce droit ne peut être invoqué dans le cas de poursuites réellement fondées sur un crime de droit commun ou sur des agissements contraires aux buts et aux principes des Nations Unies.
Artículo 14:
· Ante una persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y de beneficiarse de él en otros países.
· Este derecho no puede ser solicitado en caso de persecución sobre un crimen de derecho común o sobre actos opuestos a las Naciones Unidas.
Article 15:
· Tout individu a droit à une nationalité.
· Nul ne peut être arbitrairement privé de sa nationalité, ni du droit de changer de nationalité
Artículo 15
· Todo individuo tiene derecho a una nacionalidad.
· Nadie puede ser arbitrariamente privado de su nacionalidad, ni ser privado de su derecho a cambiar de ésta.

THE UNIVERSAL DECLARATION OF HUMAN RIGHTS

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


On December 10, 1948 the General Assembly of the United Nations adopted and proclaimed the Universal Declaration of Human Rights the full text of which appears in the following pages. Following this historic act the Assembly called upon all Member countries to publicize the text of the Declaration and "to cause it to be disseminated, displayed, read and expounded principally in schools and other educational institutions, without distinction based on the political status of countries or territories."

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el texto detallado, el cual aparece en las siguientes páginas. Siguiendo este acto histórico llamado por todos lo países miembros para publicar el texto de la Declaración y “Esto ha de ser distribuido, manifestado, leído y expuesto principalmente en colegios y en otras instituciones educativas, sin distinción basada en el sistema político de los países o territorios”.

Article 16:
· Men and women of full age, without any limitation due to race, nationality or religion, have the right to marry and to found a family. They are entitled to equal rights as to marriage, during marriage and at its dissolution.
· Marriage shall be entered into only with the free and full consent of the intending spouses.
· The family is the natural and fundamental group unit of society and is entitled to protection by society and the State.
Artículo 16:
· Los hombres y mujeres, mayores de edad, sin ninguna limitación debido a la raza, nacionalidad o religión tienen derecho a casarse y a formar una familia. Tienen derecho a la igualdad de derechos tanto al casarse, durante el matrimonio y en la separación.
· El matrimonio será comprometido sólo con libertad y todo el consentimiento de los cónyuges.
· La familia es un grupo fundamental y natural unido a la sociedad y tiene derecho a la protección social y del Estado.
Article 17:
· Everyone has the right to own property alone as well as in association with others.
· No one shall be arbitrarily deprived of his property.
Artículo 17:
· Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y a la asociación con otros
· Nadie deberá ser privado de su propiedad.
Article 18:
· Everyone has the right to freedom of thought, conscience and religion; this right includes freedom to change his religion or belief, and freedom, either alone or in community with others and in public or private, to manifest his religion or belief in teaching, practice, worship and observance.
Artículo 18:
· Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o creencias, y libertades, sólo o en comunidad con otros, en público o privado, para manifestar su religión y creencias enseñando, practicando, adorando y observándolas.
Article 19:
· Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers.
Artículo 19:
· Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad de opinión sin interferencias solicitando, recibiendo e impartiendo información e ideas a través de la comunicación continuando las fronteras.
Article 20:
· Everyone has the right to freedom of peaceful assembly and association.
· No one may be compelled to belong to an association.
Artículo 20:
· Toda persona tiene derecho a la libertad de asamblea u organización pacífica.
· Nadie será obligado a pertenecer a una asociación.
Article 21:
· Everyone has the right to take part in the government of his country, directly or through freely chosen representatives.
· Everyone has the right of equal access to public service in his country.
· The will of the people shall be the basis of the authority of government; this will shall be expressed in periodic and genuine elections which shall be by universal and equal suffrage and shall be held by secret vote or by equivalent free voting procedures.
Artículo 21:
· Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o a través de los representantes elegidos libremente.
· Toda persona tiene derecho a igual acceso al servicio público de su país.
· La voluntad de la gente será las bases de la autoridad y del gobierno; la voluntad será expresada periódicamente y con elecciones auténticas, las cuales serán universalmente y al igual, por sufragio universal que será sostenido por voto secreto o por un procedimiento de votación libre.
Article 22:
· Everyone, as a member of society, has the right to social security and is entitled to realization, through national effort and international co-operation and in accordance with the organization and resources of each State, of the economic, social and cultural rights indispensable for his dignity and the free development of his personality.
Articulo 22:
· Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a la realización a través del esfuerzo nacional y la cooperación internacional, conforme a las organizaciones y recursos de cada Estado, de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.
Article 23:
· Everyone has the right to work, to free choice of employment, to just and favourable conditions of work and to protection against unemployment.
· Everyone, without any discrimination, has the right to equal pay for equal work.
· Everyone who works has the right to just and favourable remuneration ensuring for himself and his family an existence worthy of human dignity, and supplemented, if necessary, by other means of social protection.
· Everyone has the right to form and to join trade unions for the protection of his interests.
Artículo 23:
· Toda persona tiene derecho a trabajar, y a la libre elección de empleo, sólo en condiciones favorables de trabajo y a la protección contra el desempleo.
· Toda persona, sin discriminación alguna, tiene derecho al mismo salario por el mismo trabajo.
· Toda persona que trabaje tiene derecho sólo en remuneraciones favorables asegurándolas para sí mismo y a su familia, y una existencia humanamente digna, y suplementada, necesariamente, en todos los contextos sociales.
· Toda persona tiene derecho a formar y a unir sindicatos para la protección de sus intereses.
Article 24:
· Everyone has the right to rest and leisure, including reasonable limitation of working hours and periodic holidays with pay.
Artículo 24:
· Toda persona tiene derecho al descanso y al ocio, incluyendo limitaciones razonables de las horas de trabajo y vacaciones periódicas pagadas.
Article 25:
· Everyone has the right to a standard of living adequate for the health and well-being of himself and of his family, including food, clothing, housing and medical care and necessary social services, and the right to security in the event of unemployment, sickness, disability, widowhood, old age or other lack of livelihood in circumstances beyond his control.
· Motherhood and childhood are entitled to special care and assistance. All children, whether born in or out of wedlock, shall enjoy the same social protection.
Artículo 25:
· Toda perdona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de sí mismo y de su familia, incluyendo comida, ropa, vivienda, medicamentos y servicios sociales fundamentales y el derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudedad, vejez o pérdida de otro medio de subsistencia en circunstancias más allá de su control.
· La maternidad y la infancia tienen derecho a un especial cuidado y asistencia. Todos los niños nacidos fuera o dentro del matrimonio tienen que tener las mismas protecciones sociales.
Article 26:
· Everyone has the right to education. Education shall be free, at least in the elementary and fundamental stages. Elementary education shall be compulsory. Technical and professional education shall be made generally available and higher education shall be equally accessible to all on the basis of merit.
· Education shall be directed to the full development of the human personality and to the strengthening of respect for human rights and fundamental freedoms. It shall promote understanding, tolerance and friendship among all nations, racial or religious groups, and shall further the activities of the United Nations for the maintenance of peace.
· Parents have a prior right to choose the kind of education that shall be given to their children.
Artículo 26:
· Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será gratuita al menos en los niveles elementales y fundamentales. La educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional será generalizada y la educación superior será igualmente accesible para todos según sus méritos.
· La educación tendrá por objeto un completo desarrollo de la personalidad humana y de fortalecer el respeto sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales. Se favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre diferentes nacionalidades, razas o grupos religiosos y favorecerá unas actividades de las Naciones Unidas promovidas para el mantenimiento de la paz.
· Los padres tendrán derecho a la prioridad de elegir el tipo de educación que se le dará a sus hijos.
Article 27:
· Everyone has the right freely to participate in the cultural life of the community, to enjoy the arts and to share in scientific advancement and its benefits.
· Everyone has the right to the protection of the moral and material interests resulting from any scientific, literary or artistic production of which he is the author.
Artículo 27:
· Toda persona tiene derecho a la libertad de participar en la vida de una comunidad cultural y a divertirse con las artes y participar en el avance científico y a sus beneficios.
· Toda persona tiene derecho a la protección de la moral y a los intereses materiales resultantes de la ciencia, de la producción artística o literaria de la que sea su autor.
Article 28:
· Everyone is entitled to a social and international order in which the rights and freedoms set forth in this Declaration can be fully realized.
Artículo 28:
· Toda persona tiene derecho a una organización social e internacional cuyos derechos y libertades expuestos en esta Declaración, pueden ser realizada.
Article 29:
· Everyone has duties to the community in which alone the free and full development of his personality is possible.
· In the exercise of his rights and freedoms, everyone shall be subject only to such limitations as are determined by law solely for the purpose of securing due recognition and respect for the rights and freedoms of others and of meeting the just requirements of morality, public order and the general welfare in a democratic society.
· These rights and freedoms may in no case be exercised contrary to the purposes and principles of the United Nations.
Artículo 29:
· Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad y en cualquier desarrollo libre o total de la personalidad en lo posible.
· En el ejercicio de los derechos y libertades, toda persona será objeto sólo en limitaciones semejantes cuando están determinadas por la ley únicamente para el propósito de asegurar el reconocimiento el respeto a los derechos y libertades de otros y satisfacer las exigencias de la moral, el orden público y a la asistencia social general en una sociedad demócrata.
· Estos derechos y libertades no pueden ser ejercitados contra los propósitos principales de las Naciones Unidas.
Article 30:
· Nothing in this Declaration may be interpreted as implying for any State, group or person any right to engage in any activity or to perform any act aimed at the destruction of any of the rights and freedoms set forth herein.
Artículo 30:
·
Nada en esta Declaración puede ser interpretado o implicado, para ningún Estado, grupo o persona para emprender una actividad o llevar acabo un acto cuyo objetivo sea la destrucción de los derechos y libertades establecidos en esta Declaración.

La noticia elegida habla sobre la esclavitud, y como es el trato de las personas en algunos países, en donde no se respetan los Derechos Humanos. Así en muchas zonas las personas sufren tratos degradantes y de los cuales muchos ni sabemos.

4 Noticia

Liberan en Brasil a 3.466 "esclavos modernos" en los primeros 9 meses del año
09-10-2008
Río de Janeiro.- Las autoridades brasileñas rescataron a 3.466 trabajadores explotados en condiciones "análogas a la esclavitud" en los primeros nueve meses de este año, un resultado que ya supera al total del año 2006, informó el ministerio de Justicia.
En total, se realizaron 87 operaciones de liberación de "esclavos modernos" en diversas propiedades rurales de todo el territorio brasileño, en las que los inspectores encontraron a los trabajadores en alojamientos "sin la mínima higiene ni confort" y en condiciones de trabajo degradantes.
Según señaló el ministerio, los problemas más recurrentes eran la falta del uso de equipamientos de seguridad, la carga horaria excesiva y el descuento del salario del trabajador de gastos de alimentación, medicinas, alojamiento, seguridad y otras necesidades básicas que por ley deben correr a cargo del empleador.
De este modo, las deudas del peón con el patrón aumentaban a cada mes, por lo que el trabajador acaba sometido al estatus de "servidumbre", teniendo que trabajar solo para cancelar esa "deuda infinita".
La deuda de los obreros puede contraerse desde antes del inicio del trabajo, puesto que es una práctica habitual que los jefes paguen el viaje de los obreros desde sus localidades de origen hasta las haciendas, obligándoles después a pagar con su trabajo para compensarles por este gasto.
Las multas expedidas entre enero y septiembre para indemnizar a los empleados y castigar a los dueños de las haciendas que contrataban a estos peones en condiciones infrahumanas suman un monto superior a los 6 millones de reales (unos 2,65 millones de dólares).
Desde 1995, año en el que fue creado el Grupo Especial de Inspección Móvil, del ministerio de Trabajo, que actúa en colaboración con la Policía Federal, se han rescatado a 31.233 esclavos.
Más de la mitad de los rescates (18.421) han sido realizados en los últimos cinco años. En 2007, se batió el récord de liberaciones, con 5.999 rescates en el cómputo del año.
www.soitu.es

A continuación hemos relacionado los artículos que nos han tocado con la generación a la pertenece ese artículo. 1º generación (libertad), 2º generación (igualdad) y 3º generación (fraternidad o solidaridad).

5 Generación a la que perteneces

· Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Pertenece:
Primera generación (libertad)
Segunda generación (igualdad)
Tercera generación (fraternidad)
· Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Pertenece:
Primera generación (libertad)
Segunda generación (igualdad)
· Artículo 8.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Pertenece:
Primera generación (libertad)
· Artículo 12.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Pertenece:
Primera generación (libertad)

El personaje que hemos elegido es Gandhi por su dedicación a la defensa de los derechos humanos de los hindúes y de cómo vivió y sufrió hasta que lo consiguió.

6 Personaje importante relacionado

Mahatma Gandhi: Pensador y líder social y político indio. Nació en Porbandar (NE de Bombay) el 2 de octubre de 1869 y murió en Delhi el 30 de enero de 1948. Educado en la India y en Inglaterra, donde estudió Derecho, comenzó a ejercer como abogado en Bombay, pero en 1893 aceptó un pleito en Sudáfrica y se trasladó a este país. Al contemplar la falta de derechos que sufrían los trabajadores indios se comprometió intensamente en su defensa, lo que le impidió regresar a la India durante veinte años. Su estancia en Sudáfrica modificó su concepción de la vida: hindú de religión, por influencia del cristianismo fue definiendo un ideario pacifista en torno a la no violencia. Después de la Primera Guerra Mundial su esfuerzo obtuvo por fin la concesión de diversos derechos a los indios, y así, en 1915, volvió a su país natal.
Allí acabó por convertirse en el líder del autonomismo indio frente a la dominación británica y promovió varias campañas de desobediencia no violenta. También suscitó reformas económicas y sociales. Sin embargo, tuvo que afrontar fracasos parciales como el de 1919 (matanza de Amritsar) y de 1930 (detenciones masivas de indios), la desunión entre los indios (hindúes y musulmanes) y diversos encarcelamientos. En estos casos, recomenzaba tras un tiempo largo, a veces de años, de abandono de la acción política. A partir de los años treinta recurrió a las huelgas de hambre para reconducir las actitudes demasiado violentas de sus seguidores y los abusos de autoridad británicos. Finalmente, la crítica situación en que se encontró el gobierno británico a causa de la Segunda Guerra Mundial obligó a conceder la independencia a la India en 1947. Gandhi, uno de los principales artífices de este éxito, fue asesinado poco después por un extremista hindú en medio de un clima de división entre hindúes y musulmanes, que condujo a la creación de dos estados diferentes, India y Pakistán. Recibió el sobrenombre de mahatma, "alma grande".

El texto, que está a continuación, es una canción de Juanes titulada “Odio por amor”. Esta nos habla de cómo las personas no siempre nos tratamos adecuadamente, y de que vivimos en un mundo donde no siempre se respeta la igualdad, la libertad, la fraternidad…y esto tiene que cambiar para poder vivir en un mundo mejor.

7 Texto actual relacionado con los Derechos Humanos

JUANES “ODIO POR AMOR”
Trabajamos como dos locomotoras a todo vapor
y olvidamos que el amor
es más fuerte que el dolor
que envenena la razón.
Somos victimas así de nuestra propia tonta creación
y olvidamos que el amor
es más fuerte que el dolor
que una llaga en tu interior.
Los hermanos ya no se deben pelear
es momento de recapacitar
es tiempo de cambiar
it’s time to change
es tiempo de cambiar
it’s time to change
es tiempo de saber
pedir perdón
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.
It’s time to change…
Si te pones a pensar
la libertad no tiene propiedad
quiero estar contigo amor,
quiero estar contigo amor,
quiero estar contigo amor…
Si aprendemos a escuchar
quizás podamos juntos caminar
de la mano hasta el final
yo aquí y tú allá
de la mano hasta el final
Los hermanos ya no se deben pelear
es momento de recapacitar
es tiempo de cambiar
it’s time to change
es tiempo de cambiar
it’s time to change
es tiempo de saber
pedir perdón
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.
It’s time to change
es tiempo de cambiar
it’s time to change
el odio por amor
it’s time to change
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.
It’s time to change…

Y finalmente, el organismo que trabaja por los Derechos Humanos no gubernamental, que hemos elegido, es la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) y de cuál es su objetivo para que se cumplan los Derechos Humanos.

8 Organismo que trabaje por los Derechos Humanos

LA UNESCO:
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) es un organismo especializado de las Naciones Unidas. Se fundó el 16 de noviembre de 1945 con el objetivo de contribuir a la paz y a la seguridad en el mundo mediante la educación, la ciencia, la cultura y las comunicaciones. Tiene su sede en París, y su director general es Irina Bokova, de nacionalidad búlgara.
Se dedica a orientar a los pueblos en una gestión más eficaz de su propio desarrollo a través de los recursos naturales y los valores culturales, con la finalidad de obtener el mayor precio posible de la modernización, sin que por ello se pierdan la identidad y la diversidad cultural.
En la educación, este organismo asigna prioridad al logro de la educación elemental adaptada a las necesidades actuales. Colabora con la formación de docentes, planificadores familiares y vivienda, administradores educacionales y alienta la construcción de escuelas y la dotación de equipo necesario para su funcionamiento.
Las actividades culturales buscan la salvaguarda del patrimonio cultural mediante el estímulo de la creación y la creatividad y la preservación de las entidades culturales y tradiciones orales, así como a promoción de los libros y la lectura.
El objetivo de la Organización se ha definido como sigue: “Contribuir a la conservación de la paz y de la seguridad estrechando, mediante la educación, la ciencia y la cultura, la colaboración entre las naciones con el fin de asegurar el respeto universal de la justicia, de la ley, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, de sexo, de idioma o de religión, que la Carta de las Naciones Unidas reconoce a todos los pueblos”.

9 Bibliografía

· Enciclopedia MICRONET

· http://es.wikipedia.org/wiki/Unesco

· Enciclopedia encarta 1999

· www.soitu.es

· Atlas geográfico universal

·
www.lyricsreg.com/lyrics/juanes/ODIO+POR++AMOR/

10 Pintura sobre un derecho:

Pintura de:
Araceli Aguilar González
Artículo al que pertenece:
Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Corriente pictórica:Postimpresionismo

Pintura de:
Rafael del Pozo Álvarez
Artículo al que pertenece:
Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Corriente pictórica:
Impresionismo

Pintura de:
Antonio J Carrasco Jiménez
Artículo al que pertenece:
Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Corriente pictórica:
Cubismo


Pintura de:
Pablo Gómez Luque
Artículo al que pertenece:
Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado
Corriente pictórica:
Expresionismo